Nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego

Artículo 1.

Dispónese un nuevo plazo de ejecución, a partir del 1° de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021, del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por ley 26.216, prorrogado por decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008, y por las leyes 26.520, 26.644, 26.792, 26.919, 27.286 y 27.415



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional