Día Nacional de la Reforma Universitaria

Artículo 1.

Institúyase el día 15 de junio de cada año como el "Día Nacional de la Reforma Universitaria".



Artículo 2.

La presente ley tiene como finalidad promover la conmemoración de los logros alcanzados mediante el movimiento de la Reforma Universitaria de 1918 y concientizar a la población acerca de la importancia de los valores defendidos en ese hecho histórico.



Artículo 3.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos precedentes, en el mes de junio de cada año, el Poder Ejecutivo nacional, a través de los organismos que correspondan, desarrollará actividades relativas a dicha conmemoración.



Artículo 4.

Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.



Artículo 5.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional