DECLÁRASE Feriado Provincial Permanente el día 7 de diciembre de cada año, en conmemoración a los obreros fallecidos en las denominadas "Huelgas Patagónicas" sucedidas en territorio santacruceño.
ESTABLÉCESE que el alcance del feriado obligatorio en todo el ámbito provincial, será análogo a los feriados nacionales.-
La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE