Adhiérase a las disposiciones de la Ley Nacional Nº 27499, sobre la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Mendoza.
Será coordinadora de los contenidos referidos al artículo anterior la Dirección de Género y Diversidad de la Provincia de Mendoza, o la autoridad que en el futuro la reemplace.
Será autoridad de aplicación y reglamentación de las normas contenidas en esta ley la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado a través del Instituto Provincial de Administración Pública (IPAP), o la autoridad que en el futuro la reemplace.
Los/as funcionarios/as que hayan realizado cursos, capacitaciones o jornadas sobre la temática referida a género y violencia contra las mujeres, deberán acreditar certificado a fin de que lo apruebe la Dirección de Género y Diversidad de la Provincia de Mendoza, o la autoridad que en el futuro la reemplace.
Invítese a los municipios a adherir a la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo