Declárese Patrimonio Histórico Arquitectónico de la Provincia al edificio ubicado en calle San Martín 543 de ia ciudad de Paraná, en el cual se encuentra la "Casa del Partido" de la Unión Cívica Radical.
La presente declaración tiene los siguientes alcances:
a) Se impondrá sobre el inmueble detallado en el Artículo 1° medidas de protección de carácter general.
b) El titular del bien deberá tomar los recaudos necesarios para la conservación y preservación del patrimonio de su pertenencia y consultar al Área Patrimonio Cultural y Ambiental de la Secretaría de Cultura, o área de la administración que la reemplace, cualquier cambio, modificación o intervención que sobre el bien se pretenda ejecutar, e informar ia aparición de posibilidad de deterioros, riesgos o situaciones que pudieran alterar, degradar o comprometer las características del bien.
c) El Estado Provincial deberá asistir técnicamente a pedido del titular de los bienes.
Esta declaración no afectará el pleno ejercicio del derecho de propiedad por parte del titular del dominio del inmueble, ni le otorgará a éste facultad alguna para percibir compensaciones o indemnizaciones.
En caso de habilitación de un Museo dentro de la Casa del Partido de la Unión Cívica Radical, el Estado Provincial a través de las áreas competentes lo asistirá técnicamente.
Comuniqúese, etcétera