Apruébase el Convenio Específico y sus Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X entre la Subsecretaría de Trabajo, Empleo y Capacitación Laboral de la Provincia de La Pampa y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo dependiente del Ministerio de la Producción y Trabajo de la Nación, el día 1° de enero de 2019, ratificados por el Poder Ejecutivo mediante Decreto N° 1373/19, los que forman parte integrante de la presente Ley.
A fin de dar cumplimiento al Convenio que se aprueba en el artículo anterior, se faculta al señor Subsecretario de Trabajo, Empleo y Capacitación Laboral de la Provincia, a la selección propuesta del personal necesario. En caso de no ser agentes de la Administración Pública Provincial su contratación se realizará mediante la modalidad de locación de servicios, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34, inciso C), subinciso 5), apartado i) de la Ley 3 de Contabilidad, con las adecuaciones que resulten necesarias y/o mediante la modalidad de Pasantías de Formación Profesional Universitaria, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional 26427 y en la Ley Provincial 2497, sus modificatorias y complementarias.
Comuníquese al Poder Ejecutivo