Institúyese en el territorio de la Provincia de Córdoba la "Semana Provincial de la Prevención del Consumo de Drogas", la que se corresponderá con la semana del año en la cual se encuentre el día 26 de junio
En el período a que refiere el artículo 1º de esta Ley el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio de los organismos pertinentes, desarrollará actividades públicas de concientización y sensibilización vinculadas a la prevención del consumo de drogas, procurando articular las acciones con los diferentes sectores y organizaciones sociales involucrados en la lucha contra el consumo de drogas, sin perjuicio de las demás actividades que los organismos oficiales permanentes desarrollen durante el resto del año.
Invítase a los municipios y comunas de la Provincia de Córdoba a adherir a la presente Ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial