Autorización para desempeñar cargos de cónsules y vicecónsules honorarios, propuestos por gobiernos extranjeros

Artículo 1.

Concédase autorización para desempeñar sus respectivos cargos de cónsules y vicecónsules honorarios, propuestos por gobiernos extranjeros según lo establecido en la ley 23.732, a los ciudadanos argentinos comprendidos en la nómina anexa, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley; acorde con las constancias enviadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional