El Canal Oficial de Televisión, LU 90 TV Canal 7, garantizará la transmisión de un programa especial, en diferido, sobre la labor legislativa de los Diputados, los días miércoles de cada semana a las 22:00 horas
El Programa tendrá una duración neta de sesenta (60) minutos, descontada la pauta publicitaria y la propaganda oficial. La edición del compilado a transmitir será realizada por el equipo de prensa de la Honorable Legislatura.
Concédase un plazo de hasta treinta (30) días hábiles, desde la promulgación de la presente Ley, para adecuar el equipamiento necesario y la programación, con el objeto de dar cumplimiento efectivo a la norma.
Comuníquese al Poder Ejecutivo