Donase al Obispado de Goya un inmueble del Estado Provincial ubicado en la Manzana Nº 930 de la ciudad de Goya, que según plano de Mensura y División Nº 4655-N practicado por la Agrimensora Nacional María V. Formichelli y aprobado por la Dirección General de Catastro en fecha 7 de julio de 1995 se individualiza como Fracción II (Polígono Regular) integrado por las siguientes letras "G-I-C-H-G", constante de las siguientes medidas: del Punto G al I una línea de veintisiete metros (27,00 mts) del punto I al punto C una línea de treinta y seis metros (36 mts); del punto C al punto H una línea de veintisiete metros (27 mts) y del punto H al Punto G, cerrando el polígono, una línea de treinta y seis metros (36 mts), constituyendo una superficie total de novecientos setenta y dos metros cuadrados (972 mts), siendo sus linderos; al Norte: Fracción I, del mismo Duplicado; al Sur: Calle sin nombre; al Este Avenida Caa Guazú y al Oeste: Callejón (tránsito vehicular).
El inmueble se halla inscripto a nombre del Instituto de Vivienda de Corrientes, al Folio Real Matricula Nº 8417, año 1987 (en mayor extensión) y en la Dirección General de Catastro de la Provincia bajo Adrema I1-23397-1.
La donación del inmueble identificado como Lote Nº II será con el cargo de ser destinado al funcionamiento del Centro Comunitario "Monseñor Devoto" con fines culturales, sociales y deportivos.-
ESTABLECESE que para el caso en que el inmueble donado en el artículo 1º no prestare o dejare de prestar la utilidad para la cual se destina, volverá al patrimonio de la Provincia previo tramite de ley.-
LA Escribanía General de Gobierno extenderá la pertinente escritura traslativa de dominio.-
COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo