Donación de inmueble al Arzobispado de Goya

Artículo 1. OBJETO

Donase al Obispado de Goya un inmueble del Estado Provincial ubicado en la Manzana Nº 930 de la ciudad de Goya, que según plano de Mensura y División Nº 4655-N practicado por la Agrimensora Nacional María V. Formichelli y aprobado por la Dirección General de Catastro en fecha 7 de julio de 1995 se individualiza como Fracción II (Polígono Regular) integrado por las siguientes letras "G-I-C-H-G", constante de las siguientes medidas: del Punto G al I una línea de veintisiete metros (27,00 mts) del punto I al punto C una línea de treinta y seis metros (36 mts); del punto C al punto H una línea de veintisiete metros (27 mts) y del punto H al Punto G, cerrando el polígono, una línea de treinta y seis metros (36 mts), constituyendo una superficie total de novecientos setenta y dos metros cuadrados (972 mts), siendo sus linderos; al Norte: Fracción I, del mismo Duplicado; al Sur: Calle sin nombre; al Este Avenida Caa Guazú y al Oeste: Callejón (tránsito vehicular).

El inmueble se halla inscripto a nombre del Instituto de Vivienda de Corrientes, al Folio Real Matricula Nº 8417, año 1987 (en mayor extensión) y en la Dirección General de Catastro de la Provincia bajo Adrema I1-23397-1.



Artículo 2. Destino

La donación del inmueble identificado como Lote Nº II será con el cargo de ser destinado al funcionamiento del Centro Comunitario "Monseñor Devoto" con fines culturales, sociales y deportivos.-



Artículo 3.

ESTABLECESE que para el caso en que el inmueble donado en el artículo 1º no prestare o dejare de prestar la utilidad para la cual se destina, volverá al patrimonio de la Provincia previo tramite de ley.-



Artículo 4.

LA Escribanía General de Gobierno extenderá la pertinente escritura traslativa de dominio.-



Artículo 5.

COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo