Creación del Museo del Cuarteto Cordobés en el ámbito de la Agencia Córdoba Cultura Sociedad del Estado

Artículo 1. Creación. Objeto

Créase el "Museo del Cuarteto Cordobés" en el ámbito de la Agencia Córdoba Cultura Sociedad del Estado, a los fines de la protección y divulgación de la colección, exposición, preservación e interpretación del género, la realización de actividades de divulgación, intercambio, formación y asesoramiento en relación con sus contenidos y propuestas, tratando de conformar un espacio de cultura popular y comunicación pública.



Artículo 2. Emplazamiento

El "Museo del Cuarteto Cordobés" funcionará en la planta baja y el primer piso del edificio que fuera sede de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, inmueble de propiedad de la Provincia de Córdoba, sito en Avenida Colón Nº 97 esquina calle Rivera Indarte de la ciudad de Córdoba.



Artículo 3. Presupuesto

La Agencia Córdoba Cultura Sociedad del Estado o el organismo que la sustituyere en sus competencias destinará de su Presupuesto Anual los fondos necesarios para el funcionamiento del "Museo del Cuarteto Cordobés", ello de conformidad a las funciones asignadas y en cumplimiento de la presente Ley.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial