Créase el "Museo Provincial de Fotografía Palacio Dionisi" en el ámbito de la Agencia Córdoba Cultura Sociedad del Estado, a efectos de:
a) La protección y divulgación de la colecciones fotográficas;
b) La exposición, preservación e interpretación del género, y;
c) La realización de actividades de divulgación, intercambio, formación y asesoramiento en relación con sus contenidos y propuestas, tendiendo a conformar un espacio crítico de arte.
El conjunto de obras fotográficas que reúna el "Museo Provincial de Fotografía Palacio Dionisi" integrarán el patrimonio de la Provincia de Córdoba.
El "Museo Provincial de Fotografía Palacio Dionisi" funcionará en el inmueble de propiedad de la Provincia de Córdoba, sito en Avenida Hipólito Irigoyen Nº 622 esquina Boulevard Chacabuco de la ciudad de Córdoba.
La Agencia Córdoba Cultura Sociedad del Estado o el organismo que la sustituyere en sus competencias destinará de su Presupuesto Anual los fondos necesarios para el funcionamiento del "Museo Provincial de Fotografía Palacio Dionisi", de conformidad a las funciones asignadas y en cumplimiento de la presente Ley
Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial