Homenaje. Se instituye la distinción Ciudadano Ilustre de la Provincia de Corrientes, al Arzobispo Emérito Monseñor Domingo Salvador Castaña

Artículo 1.

INSTITUYESE la distinción "Ciudadano Ilustre de la Provincia de Corrientes", al Arzobispo Emérito Monseñor Domingo Salvador Castaña.



Artículo 2.

La distinción "Ciudadano Ilustre de la Provincia de Corrientes", se regirá por el artículo 4º de la Ley 6411/17, que en su articulado establece:

Ciudadano/a Ilustre. La distinción de "Ciudadano/a Ilustre de la Provincia de Corrientes" será otorgada mediante ley de la Legislatura, aprobada por los dos tercios de los miembros de ambos Cámaras.

Podrán recibir la distinción personas físicas, argentinas, nacidas en la Provincia de Corrientes o que hayan residido en ella durante diez (10) años como mínimo y que se hayan destacado por la obra desarrollada en el campo de la cultura, la ciencia, la política, el deporte y la defensa de los derechos sostenidos por la Constitución Nacional y por la Constitución de la Provincia de Corrientes. Deben poseer una trayectoria meritoria e intachable que pueda señalarse como ejemplo para las generaciones presentes y futuras, y gozar de una alta consideración general en el Concepto público.

La distinción consistirá en una medalla alusiva en cuyo anverso llevará impreso el nombre o iniciales de la persona distinguida y en el reverso el Escudo Oficial de la Provincia de Corrientes y un Diploma de Honor que la acredite.



Artículo 3.

COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo