Adhesión a la Ley Nacional 25.855 (Voluntariado Social)

Artículo 1.

Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 25.855 -Voluntariado Social-, en todo lo que no resulte contrario a la ley 1230-C (antes ley 5134), la que será de aplicación complementaria.



Artículo 2.

La presente ley tiene por objeto promover el Voluntariado Social, instrumentar la participación solidaria de los ciudadanos en el seno de la comunidad, en actividades sin fines de lucro y regular las relaciones entre los voluntarios sociales y las organizaciones donde desarrollan sus actividades.



Artículo 3.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo