Adhesión provincial a la Ley Nacional de promoción de clubes de barrio

Artículo 1.

ADHIÉRESE la Provincia de Corrientes a la Ley Nacional 27.098- Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo-, con excepción del artículo Nº 17.-



Artículo 2.

INVITASE a las municipalidades a adherir a lo dispuesto en la presente Ley, adoptando a tales efectos las medidas pertinentes



Artículo 3.

COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo