Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía

Artículo 1.

ADHIERESE la Provincia de Corrientes a la Ley Nacional 27191 "Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la producción de Energía Eléctrica



Artículo 2.

LA autoridad de aplicación de la presente ley, será la Secretaría de Energía de la Provincia.-



Artículo 3.

INVITASE a los Municipios de la Provincia a adherir a la presente ley, y a dictar la legislación pertinente con la finalidad de promoción de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 27191.-



Artículo 4.

FACULTASE al Poder Ejecutivo Provincial a reglamentar la presente en un plazo de sesenta (60) días a partir de su sanción



Artículo 5.

COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo