Se acuerda prèstamo para auxilio financiero a los Municipios de la Provinicia. Ley de Necesidad y Urgencia

Artículo 1.

Acordar un subsidio por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS UN MIL CIENTO SETENTA Y DOS ($ 292.901.172,00), a los Municipios de la Provincia, a los fines de auxiliar financieramente a los mismos para los aumentos salariales por ellos a otorgar para el año 2018, a distribuir conforme la metodología que establezca el Poder Ejecutivo.



Artículo 2.

Facultar al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, realice las modificaciones presupuestarias que fueren necesarias y determine la forma en que se transferirá el subsidio acordado por el Artículo 1°.



Artículo 3.

La presente Ley es de Necesidad y Urgencia



Artículo 4.

Comunicar y elevar esta Ley a la Cámara de Diputados de la Provincia a los fines de los Artículos 157° de la Constitución de la Provincia;y publicar en el Boletín Oficial