Se porroga, desde el 1º de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018, lo dispuesto en la ley n 1266 - p

Artículo 1.

Prorrógase, desde el 1º de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018, lo dispuesto en la Ley Nº 1266-P.



Artículo 2.

Suspéndense los procesos de ejecución por cobro de honorarios, desde el 1º de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018.



Artículo 3.

La presente ley es de orden público



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo