Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil

Artículo 1.

Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 27.287, "Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil" y su decreto reglamentario 383/2017



Artículo 2.

El Poder Ejecutivo determinará qué organismo será la autoridad de aplicación de la presente ley, conservándose el pleno goce y ejercicio de las competencias provinciales.



Artículo 3.

Facúltase al Poder Ejecutivo a designar al funcionario que integrará el Consejo Federal de Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil y al Representante Técnico Consultivo ante dicho Consejo.



Artículo 4.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo