Declaración de Bien de Interés Histórico Nacional templos de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe

Artículo 1.

Decláranse bien de interés histórico nacional los siguientes templos de la ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe:

- Basílica de la Natividad de la Santísima Virgen.

- Iglesia Evangélica Protestante del Río de la Plata.

- Iglesia Ortodoxa San Jorge.



Artículo 2.

A los fines dispuestos por el artículo 1° de la presente ley, los bienes citados quedarán amparados por las disposiciones de la ley 12.665



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.