Declaración de Fiesta Nacional a La Fiesta del Puestero durante el mes de febrero de cada año

Artículo 1.

Declárese Fiesta Nacional a "La Fiesta del Puestero" durante el mes de febrero de cada año.



Artículo 2.

Institúyase Sede Nacional Permanente de la Fiesta Nacional del Puestero a la ciudad de Junín de los Andes, provincia del Neuquén.



Artículo 3.

Inclúyase la misma en el Calendario Turístico Nacional.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.