Declárese Fiesta Nacional a "La Fiesta del Puestero" durante el mes de febrero de cada año.
Institúyase Sede Nacional Permanente de la Fiesta Nacional del Puestero a la ciudad de Junín de los Andes, provincia del Neuquén.
Inclúyase la misma en el Calendario Turístico Nacional.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.