Declaración de Fiesta Nacional a la Fiesta Nacional de los Jardines

Artículo 1.

Declárese Fiesta Nacional a "La Fiesta de los Jardines" durante el mes de febrero de cada año.



Artículo 2.

Institúyase Sede Nacional Permanente de la Fiesta Nacional de los Jardines a la ciudad de Villa La Angostura, provincia del Neuquén.



Artículo 3.

Inclúyase la misma en el Calendario Turístico Nacional.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.