Uso de documentos y expedientes electrónicos

Artículo 1.

La utilización de expedientes electrónicos, documentos electrónicos, firmas electrónicas,firmas digitales, notificaciones, comunicaciones electrónicas y domicilios electrónicos constituidos, tendrán idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales en todos los procesos judiciales y administrativos que se tramiten ante el Poder Judicial de Entre Ríos.



Artículo 2.

El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos, reglamentará su utilización y dispondrá su gradual implementación.



Artículo 3.

De forma