Campaña de Concientización de la Importancia de la Donación de Órganos para Preservar y Mejorar la Calidad de Vida

Artículo 1.

Establécese que el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes realice anualmente una "Campaña de Concientización de la Importancia de la Donación de Órganos para Preservar y Mejorar la Calidad de Vida", durante la semana del 30 de mayo.



Artículo 2.

Esta ley tendrá por objeto:

a) Proveer conocimientos acerca de la donación de órganos a la población en general de la Provincia de Mendoza.

b) Concientizar a la sociedad, en su conjunto, de la importancia de donar órganos.



Artículo 3.

En el marco de la Campaña establecida en el Artículo 1 de la presente Ley, se realizarán actividades en todos los espacios públicos de la Provincia, tales como: Casa de Gobierno, Legislatura, Centros Culturales, Municipios y Establecimientos Educativos de todos los niveles públicos y privados, entre otras.



Artículo 4.

Se invita a personal del INCAIMEN o INCUCAI Mendoza y a personas trasplantadas a participar de dicha campaña y a dar sus testimonios.



Artículo 5.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.