Prórroga de la entrada en vigencia del Digesto Jurídico

Artículo 1.

Prorrógase, a partir de su vencimiento y hasta la sanción de la nueva Consolidación del Digesto Jurídico de la Provincia del Chaco, la entrada en vigencia de la ley 7707 -Digesto Jurídico de la Provincia del Chaco- y sus prórrogas.



Artículo 2.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.