Apruébase el Convenio Complementario N° 51/16, y sus respectivos Anexos, suscripto entre, la Subsecretaría de Trabajo, Empleo y Capacitación Laboral de la Provincia y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Estado Nacional - el día 4 de agosto de 2016. Ratificado mediante Decreto N° 2798/16. Dicho acuerdo forma parte integrante de la presente Ley.
A fin de dar cumplimiento al Convenio que se aprueba en el artículo anterior, se faculta al Señor Subsecretario de Trabajo, Empleo y Capacitación Laboral de la Provincia, a la selección y propuesta del personal necesario. En caso de no ser Agentes de la Administración Pública Provincial su contratación se realizará mediante la modalidad de locación de servicios, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34, inciso c), subinciso 5),apaliado i) de la Ley Provincial 3, con las adecuaciones que resulten necesarias, y/o mediante la modalidad de Pasantías de Formación Profesional Universitaria, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional 26427 y la Ley Provincial 2497, sus modificatorias y complementarias.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.