Contribuyentes o usuarios. Solicitud de emisión en formato electrónico de boletas para el pago de impuestos y servicios

Artículo 1.

Los contribuyentes o usuarios podrán solicitar la emisión en formato electrónico de las boletas para el pago de impuestos y servicios públicos que emita el Estado Provincial y las empresas prestatarias de servicios públicos.



Artículo 2.

Las boletas para el pago de impuestos y servicios públicos estarán impresas en Sistema Braille cuando los contribuyentes o usuarios lo soliciten en razón de sufrir discapacidad visual.



Artículo 3.

Invítase a los Municipios a adherir a la presente Ley, en lo que respecta a impuestos y tasas municipales.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.