Autorízase al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía, Secretario de Hacienda o Subsecretario de Hacienda, por medio de la Tesorería General, a sobregirar en forma continua o alternada, por sobre la sumatoria de los saldos de las cuentas corrientes oficiales que conforman el "F.U.C.O" hasta la suma de pesos cuatrocientos cincuenta millones ($ 450.000.000) en la cuenta corriente N° 900001178 "Rentas Generales de la Tesorería General", que posee en el Banco Patagonia S.A. Sucursal Viedma.
Determínase que los fondos antes mencionados tendrán como único destino solventar el pago parcial de los Haberes de la Administración Pública Provincial y obligaciones impostergables para el normal funcionamiento del Estado Provincial.
Facúltase a la Tesorería General, a realizar la cancelación del sobregiro con fondos de la recaudación normal diaria de la provincia dentro del transcurso de cada mes.
La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.