Apruébase el Acuerdo celebrado entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripto con fecha 18 de Mayo de 2016 en la ciudad de Córdoba, denominado "ACUERDO NACIÓN - PROVINCIAS" y que, como Anexo I forma parte integrante de la presente su Protocolización efectuada por la Escribanía General del Gobierno de la Nación.
Increméntase en la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($289.961.886), el monto de las partidas que se detallan como Anexo II de la presente Ley.
Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las modificaciones y agregados que figuran en los artículos 1°, 2°, 4°, 6° y 7° de la Ley 2906, que se generen con motivo de la implementación del "ACUERDO NACIÓN - PROVINCIAS" que se aprueba por el artículo 1º de la presente Ley, como así también a suscribir la documentación necesaria para la instrumentación y concreción del préstamo que refiere el artículo 3 de dicho "ACUERDO".
Derógase el artículo 9° de la Ley 2906.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.