Queda prohibido en todo el territorio nacional la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza.
El que por cualquier título organizare, promoviere, facilitare o realizare una carrera de perros, cualquiera sea su raza, será reprimido con prisión de tres (3) meses a cuatro (4) años y multa de cuatro mil pesos ($ 4.000) a ochenta mil pesos ($ 80.000).
Esta ley se tendrá como complementaria del Código Penal.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.