Declárase monumento histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, a la Capilla de Nuestra Señora de la Candelaria, ubicada entre las calles Ituzaingó y Mendoza, Adrema U2-884-1, en la localidad de Loreto, provincia de Corrientes.
La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.