Suprímense los Ministerios Públicos del Trabajo de Avellaneda, Bragado, Tres Arroyos y Zárate, creados por la Ley N° 5.178, en la medida que se produzcan las respectivas vacantes.
Créanse los siguientes cargos de Asesor de Incapaces:
- Departamento Judicial Bahía Blanca: un (1) cargo con sede en la ciudad de Tres Arroyos.
- Departamento Judicial Zárate-Campana: un (1) cargo con sede en la ciudad de Zárate.
- Departamento Judicial Avellaneda-Lanús: un (1) cargo con sede en la ciudad de Avellaneda.
- Departamento Judicial San Isidro: un (1) cargo con sede en la ciudad de Pilar y un (1) cargo con sede en la ciudad de Tigre.
Créase un (1) cargo de Agente Fiscal en el Departamento Judicial Mercedes, con sede en la ciudad de Mercedes.
Suprímese del quinto párrafo del inciso b) del artículo 7 de la Ley N° 5.827 (T.O. por Decreto N° 3.702/92) y modificatorias, la expresión "Los Agentes Fiscales también desempeñarán funciones de Asesor de Incapaces.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.