La presente ley tiene por objeto, la recuperación y preservación de la documentación acumulada en una de las piletas de la ex Corporación Agroeconómica, Vitícola, Industrial y Comercial, Bodega del Estado (ex CAVIC), la que revela las particularidades de las corrientes inmigratorias en San Juan, desde fines del siglo XIX hasta mediados del siglo XX. Asimismo promover la investigación conjunta de este material entre la autoridad de aplicación y las representaciones extranjeras acreditadas en el país, de aquellos estados de los cuales la provincia de San Juan recibió migraciones.
La documentación mencionada en el Artículo 1º, consiste en un vasto acopio de expedientes de antecedentes personales, producidos en soporte papel, que contienen datos de filiación, actividad, descendencia, vías de ingreso al país, respecto de los inmigrantes que se establecieron en la provincia en esa época.
La autoridad de aplicación es el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaria de Relaciones Institucionales o el organismo que en el futuro designe.
La autoridad de aplicación tendrá por funciones:
1- Determinar el valor histórico, cultural y social de la documentación.
2- Habilitar un espacio adecuado para su conservación.
3- Proceder a la organización del material, a su catalogación y sistematización.
4- Implementar medidas para la preservación y restauración de los documentos.
5- Informatizar este material para generar una base de datos que permitan su consulta.
La autoridad de aplicación podrá celebrar convenios y mantener intercambio con instituciones oficiales, privadas, académicas, municipales, provinciales, nacionales e internacionales, que le permitan cumplir con el objetivo de la presente ley.
La Dirección del ArchivoGeneral de la Provincia incorporará la documentación recuperada a su acervo.
La autoridad de aplicación deberá prever el incremento de la partida presupuestaria pertinente a fin de satisfacer los gastos e inversiones, tendientes a cumplir con lo dispuesto por la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.