Suspenden por el término de ciento ochenta (180) días todos los trámites y acciones encaminadas a la realización de la subasta del inmueble ubicado en Bahía Blanca

Artículo 1.

Suspéndese por el término de ciento ochenta (180) días a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, todos los trámites y acciones encaminadas a la realización de la subasta ordenada respecto del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 236 N, Parcela 5, cuyo dominio figura inscripto en la Matrícula N° 80.042, donde se encuentra asentado el Jardín de Infantes N° 945 de la ciudad de Bahía Blanca.



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.