Facúltase al Poder Ejecutivo a emitir en el mercado local un título de deuda en el marco del inciso a) del Artículo 85 de la Ley Nº 70, cuyo destino será la cancelación de obligaciones contraídas con proveedores y la cancelación de certificados de obra, bajo Jurisdicción de Ley Argentina, que incluye, entre otros, los siguientes términos y condiciones particulares:
a. Moneda de emisión y monto: en pesos argentinos, por hasta PESOS SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS ($ 690.331.142.-).
b. Fecha de vencimiento: 30/11/2011.
c. Tasa de interés: Será la que fije el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA para los depósitos a plazo fijo de treinta (30) a treinta y cinco (35) días, de montos mayores o iguales a PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000.-) -BADLAR, para imposiciones en bancos privados más un spread de 200 puntos básicos. La determinación para el cálculo de la tasa a aplicar, será fijada oportunamente por el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda, con pagos trimestrales, comenzando a pagar al trimestre de su emisión.
d. Forma y Denominación: los títulos podrán ser al portador, nominativos, escriturales y/o certificados globales, y tendrán un valor nominal de UNO (1) cada PESOS UNO ($ 1) de deuda.
e. Amortizaciones: se realizarán dos (2) pagos anuales en el 2010 en los meses de marzo y septiembre y tres (3) pagos anuales en los meses de marzo, julio y noviembre de 2011.
Facúltase al Poder Ejecutivo a emitir Letras del Tesoro a plazos que excedan el Ejercicio Financiero 2009 por un valor nominal de hasta PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000.), en los términos del inciso b) del Artículo 85 de la Ley Nº 70. Cada instrumento podrá ser emitido por un plazo máximo de hasta trescientos sesenta y cinco (365) días contados a partir de la fecha de su emisión. Dicho monto deberá considerarse parte integrante del monto máximo autorizado por el Artículo 12 de la Ley Nº 2999.
Redúzcase a la suma de PESOS NOVECIENTOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 913.901.672-) el monto del Artículo 2º de la Ley Nº 2570 y del Artículo 1º de la Ley Nº 2789 a fin de colocar Títulos de deuda pública bajo el Programa de Asistencia Financiera, monto que incluye la emisión de la Serie 6, efectuada por Resolución Nº 833/GCABA/MHGC/09.
Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a efectuar N° 3252 - 07/09/2009 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N°7 las modificaciones necesarias en la planilla 44 Anexa al artículo 11 de la Ley Nº 2.999 a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos precedentes.
Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, para dictar las normas complementarias a los efectos de fijar los procedimientos y demás condiciones de las operatorias que se aprueban por la presente Ley.
Comuníquese, etc.