Asígnase a la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres, de la provincia de Tucumán, un subsidio por única vez equivalente a pesos cuarenta millones ($ 40.000.000) para destinarse exclusivamente a las labores de investigación técnica y científica.
El Poder Ejecutivo nacional, por intermedio del Jefe de Gabinete de Ministros, reasignará las partidas presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.