Protocolo Modificatorio al Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República Argentina y la República del Perú

Artículo 1.

Apruébase el Protocolo Modificatorio al Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República Argentina y la República del Perú, suscripto en la Ciudad de Buenos Aires el 27 de noviembre de 2012, que consta de siete (7) artículos, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley.



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.