Institúyese el "Diploma al/la Emprendedor/a".
El Diploma será acordado en los siguientes rubros: a. social, b. ambiental y sustentable, c. tecnológico y científico, d. desarrollo económico.
El Diploma no podrá ser otorgado a personas que hayan cometido crímenes de lesa humanidad en cualquier parte del mundo, ni a quienes hayan cumplido e impartido órdenes de represión durante las dictaduras militares en nuestro país.
Podrán recibir el Diploma personas físicas, nacidas en la Ciudad de Buenos Aires o que hayan residido en ella durante 5 años como mínimo y que se hayan destacado por la obra y la trayectoria desarrollada como emprendedores/as.
El Diploma se otorgará mediante resolución de la Legislatura y se tendrá en cuenta la relevancia del proyecto y que el/la emprendedor/a con su actividad: a. Haya promovido el desarrollo social, sustentable, tecnológico, científico o económico del país. b. Haya utilizado prácticas innovadoras que hayan significado un aporte para la sociedad. Sólo podrán ser otorgados un máximo de 10 (diez) diplomas anuales.
El Diploma se entregará en el marco de la celebración del Día del Emprendedor Porteño.
Comuníquese, etc.