Las Islas Malvinas Son Argentinas

Artículo 1.

Dispónese en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur la instalación de cartelería gráfica de señalización vial vertical de carácter informativo, con la leyenda "Las Islas Malvinas son Argentinas" en los principales lugares de ingreso y egreso a la Provincia, en lugares de mayor concentración turística nacional e internacional, en edificios públicos educativos y lugares que por sus características sean aptas para su difusión, en toda la ruta nacional, rutas provinciales y aeropuertos, indicando la distancia de nuestras ciudades con nuestras Islas Malvinas y su ubicación geográfica.



Artículo 2.

La señalización gráfica establecida en el artículo 1º, que como Anexo I forma parte de la presente, deberá contener las especificaciones establecidas en el Anexo II.



Artículo 3.

La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad.



Artículo 4.

Los gastos que demande la presente ley serán imputados a las partidas presupuestarias que correspondan.



Artículo 5.

Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.



Artículo 6.

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los sesenta (60) días a partir de su promulgación.



Artículo 7.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.