Créase en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires el Programa "#NiUnaMenos" de erradicación de las violencias contra las mujeres.
El Programa "#NiUnaMenos" se estructura sobre los conceptos de:
a.- Perspectiva de género b.- Derechos de las mujeres c.- Erradicación de la violencia Estos conceptos serán desarrollados en módulos con una carga horaria total no inferior a seis (6) horas cátedra
El Programa "#NiUnaMenos" será de aplicación obligatoria en todos los ámbitos del Estado provincial donde se desarrollen actividades de formación y capacitación.
Los institutos de formación dependientes del Poder Ejecutivo provincial deberán incluir el Programa en las respectivas currículas dentro de los treinta (30) días de publicación de la presente Ley.
El Programa "#NiUnaMenos" será de aplicación en todos los niveles de enseñanza pública de la provincia a partir del ciclo lectivo 2016 y se desarrollará durante la primera semana de junio de cada año. La Dirección General de Cultura y Educación será la Autoridad de Aplicación del diseño curricular del Programa.
Quedan obligados al cumplimiento de la capacitación derivada del Programa "#NiUnaMenos" las personas que soliciten contraer matrimonio. La Dirección Provincial del Registro de las Personas elaborará los módulos, de acuerdo a los conceptos del artículo 2° de la presente. Esta capacitación podrá ser presencial o virtual.
Invítase a los Municipios, Colegios Profesionales, Consejos Profesionales y Asociaciones Profesionales y Sindicales a adherir a la presente Ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo