Adhesión a la Ley Nacional 27.118 (Agricultura familiar, campesina e indigena)

Artículo 1.

Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 27.118, por la cual se declara de interés público la agricultura familiar, campesina e indígena por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaría del pueblo, con excepción de los artículos 19 y 35 de la misma.



Artículo 2.

Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.