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Marco regulatorio para la industria y comercializacion de gas licuado de petroleo Artículo 10 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/03/2024

Marco regulatorio para la industria y comercializacion de gas licuado de petroleo Nacional
Artículo 10. Política de mercado

El Poder Ejecutivo nacional promoverá el incremento del nivel de competencia y desafiabilidad de cada etapa de la industria, garantizando la igualdad de condiciones para todas las empresas que actúen legítimamente en el sector, en beneficio del interés general y de los usuarios en particular. La Autoridad de Aplicación, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de sancionada esta ley y con el asesoramiento del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia deberá: a) Establecer mecanismos de transferencia del producto entre las etapas de producción, fraccionamiento, comercialización y distribución, que sean transparentes y eficientes a fin de garantizar que todos los agentes del mercado, puedan acceder al producto en igualdad de condiciones y priorizando el abastecimiento del mercado interno; b) Establecer mecanismos de estabilización de precios internos para el valor del GLP adquirido por fraccionadores, a fin de evitar bruscas fluctuaciones en los precios internos del mismo; c) Realizar un profundo análisis de la constitución del sector y su comportamiento, a los efectos de establecer límites a la concentración de mercado para cada etapa, o a la integración vertical a lo largo de toda la cadena del negocio. La limitación debe comprender a las sociedades vinculadas, controlantes o controladas, según lo establecido en el artículo 33 de la Ley N° 19.550. Esta tarea deberá ser realizada juntamente con la Autoridad de Aplicación de la Ley 25.156 e informada, en reunión conjunta a las comisiones de Energía y Combustibles de la Cámara de Diputados y de Minería, Energía y Combustibles de la Cámara de Senadores, ambas del Congreso de la Nación. Título II Disposiciones Particulares Capítulo I Producción



Nacional Artículo 10 Disposiciones generales y particulares. Autoridad de aplicación. Fondo fiduciario para atender las necesidades del glp de sectores de bajos recursos y para la expansión de redes de gas natural. Disposiciones transitorias y finales
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la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


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