Disposiciones aplicables a las obras públicas contratadas por el Gobierno (Disposiciones aplicables a las obras públicas contratadas por el Gobierno) Provincia de Tucumán
Disposiciones aplicables a las obras públicas contratadas por el Gobierno Provincia de Tucumán
- Artículo 1. Las disposiciones de la presente Ley serán de aplicación a las obras...
- Artículo 2. Facúltase al Poder Ejecutivo a anticipar hasta la suma de PESOS TREINTA...
- Artículo 3. Facúltase al Poder Ejecutivo, a través de sus organismos, a suscribir un...
- Artículo 4. El Poder Ejecutivo podrá reconocer a las empresas contratistas, que...
- Artículo 5. Tal reconocimiento será instrumentado mediante subsidios, a través de la...
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo reglamentará los aspectos operativos, determinando las...
- Artículo 7. Comuníquese
Otras regulaciones
Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 26.150 Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble detallado en la Ley N° 8842 Declaración del día 8 de Octubre de 2014 como Día del Bicentenario de le creación Adhesión de la Provincia de Tucumán a la Ley Nacional N° 26.876 Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.709Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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