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Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola Artículo 35 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola Nacional
Artículo 35.

La Comisión Asesora Técnica para la Acuicultura (CATA), será presidida por el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca o por quien él mismo delegue, y estará integrada por el Coordinador Nacional del Régimen por parte del citado ministerio y por los miembros titulares y suplentes en representación de los organismos que a continuación se nominan: uno (1) por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA); uno (1) por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA); uno (1) por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable; uno (1) por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP); y uno (1) por el Centro de Investigaciones de Tecnología Pesquera y Alimentos Regionales CITEP (INTI). La CATA se reunirá mensualmente para evaluar en forma alternativa, los proyectos previamente seleccionados por las respectivas provincias, para cada una de las cuencas acuícolas que integran el territorio, con la participación de las provincias que pertenezcan a ellas. La CATA actuará también como órgano consultivo para recomendar a la autoridad de aplicación las sanciones que deberán ser aplicadas a los titulares de los beneficios cuando éstos no cumplan con las obligaciones correspondientes. Los funcionarios designados se desempeñarán con carácter honorario.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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