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Desafectación de Reserva Fiscal de inmuebles en el Municipio Los Helechos de propiedad Artículo 3 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/03/2024

Desafectación de Reserva Fiscal de inmuebles en el Municipio Los Helechos de propiedad Misiones
Artículo 3.

Impónese como cargo a la donataria permutar el inmueble donado en el Artículo 2, por el inmueble identificado como: Lote Dos de la Manzana F, procedente de la Subdivisión del Lote B, Subdivisión del Lote Agrícola Doscientos Veintitrés (223), Sección I, Colonia Yerbal Viejo, Municipio Los Helechos, Departamento Oberá, Provincia de Misiones; con una superficie total de diez mil doscientos seis metros cuadrados (10.206 m2), Plano de Mensura N.° 46.892; Nomenclatura Catastral: Departamento 13, Municipio 50, Sección 06, Chacra 00, Manzana 16, Parcela 02, Partida Inmobiliaria 42224, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real - Matrícula N.° 24122, Departamento Oberá (13); y destinar este último inmueble al emplazamiento del Balneario Municipal. Ante el incumplimiento del cargo impuesto, la propiedad del inmueble donado en el Artículo 2, es revocada a favor de la provincia de Misiones con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas.



Provincia de Misiones Artículo 3 Desafectación de Reserva Fiscal de inmuebles en el Municipio Los Helechos de propiedad de la Provincia de Misiones y Donación con cargo al Municipio
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la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


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