Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente diez hectáreas (10 ha), correspondiente a un inmueble de mayor superficie (Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente die) Provincia de Córdoba
Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno de aproximadamente diez hectáreas (10 ha), correspondiente a un inmueble de mayor superficie Provincia de Córdoba
- Artículo 1. Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de...
- Artículo 2. Las medidas lineales, angulares y de superficie, así como las colindancias...
- Artículo 3. El inmueble que por esta Ley se declara de utilidad pública y sujeto a...
- Artículo 4. El inmueble objeto de la presente Ley ingresará al dominio privado de la...
- Artículo 5. Los gastos y costos que demanden las gestiones necesarias a los efectos de...
- Artículo 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial
Otras regulaciones
Ratifica Decreto Provincial Nº 1282 de fecha 17 de agosto de 2017 Explotación del servicio público de transporte Creación en el ámbito de la Provincia de Córdoba del Fuero Penal en Violencia de Género Creación del Programa de Revalorización Histórica, Cultural y de Promoción Turística del denominado Camino de los Puentes Colgantes Actualizan el Radio Comunal de la localidad de Sagrada FamiliaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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