Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble de la Asociación de Obras Sociales de Mar del Plata (Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble de la Asociación de Obras Social) Nacional
Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble de la Asociación de Obras Sociales de Mar del Plata Nacional
- Artículo 1. Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble sito en la...
- Artículo 2. El precio de los bienes sujetos a expropiación se determinará conforme lo...
- Artículo 3. La suma que eventualmente deba abonarse en cumplimiento del proceso...
- Artículo 4. Una vez culminado el proceso de expropiación, la totalidad de los bienes...
- Artículo 5. El personal que actualmente presta servicios en el inmueble identificado en...
- Artículo 6. Para garantizar la continuidad de las actividades que se realizan en el...
- Artículo 7. La presente ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de su...
- Artículo 8. Hágase saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N°...
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Contratos de Participación Público - Privada Prórroga Impositiva hasta el 31 de diciembre de 2027 Asociaciones sindicales Creación del Programa Federal para el Fomento y Desarrollo de la Producción Bubalina Transferencia a título gratuito a la Municipalidad de Ubajay, provincia de Entre RíosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios