Declaración de Emergencia en Materia de Posesión y Propiedad de las Tierras de las Comunidades Indígenas Originarias del País (Declaración de Emergencia en Materia de Posesión y Propiedad de las Tierras de las Comunidades Indíg) Nacional
Declaración de Emergencia en Materia de Posesión y Propiedad de las Tierras de las Comunidades Indígenas Originarias del País Nacional
- Artículo 1. Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras...
- Artículo 2. Suspéndase por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de...
- Artículo 3. Durante los 3 (TRES) primeros años, contados a partir de la vigencia de esta...
- Artículo 4. Créase un Fondo Especial para la asistencia de las comunidades indígenas,...
- Artículo 5. El Fondo creado por el artículo 4º, será asignado al Instituto Nacional...
- Artículo 6. Esta ley es de orden público
- Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Autorización al Presidente de la Nación para Ausentarse del País durante el año 2020 Promoción de la Formación y del Desarrollo de la Enfermería Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal Ley de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Régimen Especial de Regularización de deudas previsionalesMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)
Publique la información de sí mismo
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