Declaración de Ciudad a la localidad de San Jerónimo Norte, departamento Las Colonias, a los efectos de instituir en la misma el régimen municipal conforme lo establecido en el artículo 1 de la ley N° 2756 (Declaración de Ciudad a la localidad de San Jerónimo Norte, departamento Las Colonias) Provincia de Santa Fe
Declaración de Ciudad a la localidad de San Jerónimo Norte, departamento Las Colonias, a los efectos de instituir en la misma el régimen municipal conforme lo establecido en el artículo 1 de la ley N° 2756 Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Declárase Ciudad a la localidad de San Jerónimo Norte, departamento Las...
- Artículo 2. Establécese como jurisdicción territorial del municipio que se crea por esta...
- Artículo 3. Las tasas, derechos, contribuciones de mejoras y demás tributos...
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- Artículo 5. Encomiéndase al Poder Ejecutivo la reglamentación de la presente ley y la...
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Otras regulaciones
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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