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Declara la Emergencia del Sistema de la Seguridad Social de Dos Años Artículo 13 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Declara la Emergencia del Sistema de la Seguridad Social de Dos Años Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 13.

El Poder Ejecutivo deberá asignar prioritariamente al IPAUSS o al organismo previsional que lo reemplace las sumas que se generen como consecuencia de la devolución y cese de las detracciones y retenciones referidos en los artículos anteriores.

La asignación de las sumas que correspondan a la devolución y cese, no podrán ser menores al setenta por ciento (70 %) de lo que ingrese al Tesoro provincial en dichos conceptos.

El Poder Ejecutivo, al momento de la transferencia, imputará el concepto en que se deben aplicar los fondos; pudiéndolo hacer al pago de contribuciones vencidas, a cuenta de contribuciones futuras o pago de deuda consolidada, integrándolos en este último supuesto al fideicomiso establecido en la presente ley.



Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 13 Declara la Emergencia del Sistema de la Seguridad Social de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur por el Lapso de Dos Años
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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